Con base en el Articulo 2 del Convenio de Basilea, se entiende por manejo ambientalmente adecuado la adopción de todas las medidas posibles para garantizar que los residuos se manejen de manera que se proteja el medio ambiente y la salud humana contra efectos nocivos que puedan derivarse de tales residuos.
Lo anterior incluye los procesos de recolección, el transporte, la eliminación y vigilancia de los sitios de eliminación.
Para el presente proyecto las directrices en las que se desarrollarán las actividades de manejo ambientalmente adecuado para residuos electrónicos y plaguicidas obsoletos COP son: 1) Fortalecimiento, actualización y mejora al marco legislativo y regulatorio, 2) Prevención y reducción al mínimo de residuos, 3) Desarrollo de inventarios, 4) Muestro, análisis y vigilancia, 5) Recolección, transporte, almacenamiento, aprovechamiento y co-procesamiento, 6) Eliminación ambientalmente adecuada y 7) Rehabilitación de sitios contaminados, así como actividades transversales de comunicación social, educación ambiental y género.
Es un enfoque que asegura que los residuos se manejen de tal manera que protejan la salud humana y el medio ambiente.